En las Acciones Formativas dirigidas prioritariamente a los trabajadores ocupados, la participación de éstos será al menos el 60 por ciento respecto del total de trabajadores que inician la formación. En ellas podrán participar trabajadores que estén en situación de ocupados, desempleados o sean trabajadores agrarios. A tal efecto, la consideración como trabajadores ocupados o desempleados vendrá determinada por la situación laboral en que se hallen al inicio de la formación o en el momento en que los trabajadores se incorporen como alumnos a las acciones formativas.
Los trabajadores desempleados que participen en las Acciones Formativas deberán, al inicio de la formación o en el momento en que se incorporen como alumnos, figurar inscritos en el Servicio Cántabro de Empleo. En el caso de los trabajadores ocupados deberán tener su centro de trabajo ubicado en Cantabria.
Los trabajadores desempleados deberán aportar la ficha de solicitud correspondiente junto con la Fotocopia del D.N.I. y Fotocopia de la Tarjeta de Paro. Los trabajadores ocupados deberán aportar la ficha de solicitud y la Fotocopia del D.N.I. y Fotocopia de última nómina.